El seguro de Responsabilidad Civil cubre la responsabilidad civil del asegurado por sus propias acciones u omisiones y por las acciones u omisiones de aquellas personas por la que debe de responder, así como por la de su personal dependiente.
Debería contratarlo cualquier compañía con una facturación inferior a 15.000.000€, y que desarrolle su actividad en los sectores tradicionales de la industria y el comercio, el sector agropecuario, la construcción, el ocio e incluso la vida profesional y privada.
- La R.C. contractual es aquella que se produce cuando, existiendo una relación obligatoria previa entre dos o más partes, una de ellas incumple su prestación contractual (aquello a lo que se había obligado) y ello provoca daños a la/s otra/s. Es importante hacer notar que el daño debe producirse precisamente por el incumplimiento contractual del deudor y que el acreedor y la prestación ya estaban determinados de antemano.
- La R.C. extracontractual surge cuando la obligación resarcitoria nace entre personas que no se encontraban previamente vinculadas por un contrato o relación análoga. Aquí no se trata de la violación de una previa relación obligatoria, sino del genérico deber de no causar daño a otro.
Es una decisión personal que depende del nivel de riesgo derivado de los trabajos realizados (tipología, número, experiencia profesional, etc.). La cobertura anual es el importe máximo que la aseguradora abonará en concepto de indemnización para cada periodo de seguro, las indemnizaciones por encima de esa cantidad deberán ser asumidas por el asegurado.
Si como consecuencia de algún siniestro se recurre a todo el monto de cobertura anual habrá que contratar con la aseguradora una renovación o ampliación de cobertura. Por eso cuanto mayor sea la cobertura anual más seguridad habrá de que estarán cubiertas las posibles reclamaciones con independencia de su alcance.
De todas formas en Grupo Aico te aconsejaremos sobre la suma asegurada que debes de contratar.
Las Responsabilidad Civil Profesional se refiere a las pérdidas económicas ocasionadas a un tercero por su actividad profesional.
La Responsabilidad Civil de Explotación se refiere a los daños materiales o personales ocasionados a un tercero en el desarrollo de su actividad.
En la mayoría de los casos en volumen de facturación es un dato obligatorio para calcular el importe de la prima.
Sí, siempre que las actividades estén relacionadas.